¿Cómo se pueden obtener las grabaciones?

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo de entrega de las imágenes?

Recibida la solicitud, el personal autorizado para estos efectos procederá en el plazo máximo de 5 días hábiles, salvo que no sea posible por razones del servicio relacionadas con la inexistencia de éstas, inoperancia del sistema, caso fortuito o fuerza mayor, a grabarla en el dispositivo del solicitante de conformidad a los antecedentes aportados por él y se informará al correo electrónico que previamente haya indicado y/o teléfono.

Sobre aquellas grabaciones que se encuentren disponibles, éstas se dispondrán en un repositorio en la web para que sean descargadas, el que será coordinado con la contraparte y previo envío de oficio con el requerimiento.

Sobre aquellas grabaciones que se encuentren disponibles, éstas se dispondrán en un repositorio en la web para que sean descargadas, el que será coordinado con la contraparte y previo envío de oficio con el requerimiento.

Las imágenes captadas por el sistema de cámaras de tránsito de la UOCT de la Región Metropolitana son almacenadas por un período de 30 días corridos.

Las grabaciones de las imágenes captadas por estas cámaras podrán ser solicitadas por las siguientes instituciones:

  • Ministerio Público, fiscales de conformidad a los procedimientos establecidos en sus respectivos cuerpos normativos.
  • Carabineros de Chile, por orden de la Fiscalía y la Sección Investigadora de Accidentes del Tránsito (SIAT) de Carabineros.
  • Policía de Investigaciones, por orden de la Fiscalía.
  • Los Tribunales superiores, de letras, de garantía, de juicio oral en lo penal.
  • Juzgados de Policía Local.
  • Defensorías Públicas.
  • Y demás organismos públicos que corresponda.

Para acceder a las grabaciones, los organismos antes mencionados deberán ingresar sus peticiones mediante oficio, dirigido a la Unidad Operativa de Control de Tránsito respectiva, especificando, fecha, horario, intersecciones involucradas, u otro antecedente que facilite la ubicación de la imagen sin que se vulnere la Ley N° 19.628 Sobre la Protección de Datos Personales, y señalando los datos de contacto de la institución para los efectos de coordinar la entrega.